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El PRD requiere adecuar su organización a los requerimientos de un partido representante de los intereses populares, presente en todos los barrios, secciones y parajes del país, y al mismo tiempo capaz de producir las innovaciones en la forma de hacer política y de gobernar con la eficacia y la rapidez que dicten las circunstancias. Para esos fines, el Partido debe basar su organización a nivel nacional en la precalificación política y moral de los aspirantes a Presidentes y Secretarios Generales de los Comités directivos previo a su elección; y en la confirmación, especialización y supervisión técnica de las secretarias nacionales de Organización, Electoral, de Educación y Doctrina y de Comunicaciones, en los cuales descansará el desarrollo cuantitativo y cualitativo de nuestra organización política, aunque manteniendo la coordinación de la Comisión Conjunta a cargo de la Secretaría Nacional de Organización. Las Propuestas son las siguientes:
1-El Partido tendrá abierta en forma permanente sus inscripciones y su matrícula en constante revisión, a cargo de la Secretaria Nacional de Organización. Es obligatoria la doble militancia: la territorial y la social, en uno o dos frentes de masas, participando en sus actividades.
2- La estructura del Partido se iniciará con los Comités de Base, cuyos miembros serán no menos de 9 y ni más de 17 miembros. Si disminuye ese número el Comité deberá completarlo, y si aumenta deberá dividirse en dos Comités de 9 o más miembros, sin que pueda quedar el original sin ese mínimo. Esto permitirá que aun en las viviendas más pequeñas y humildes se puedan reunir esos organismos de base del Partido, como fue antes.
3- Los Comités de Base serán de dos tipos: los Comités de Base de Recintos cuando todos sus miembros están inscritos en un mismo Recinto Electoral y los Comités de Base Tradicionales o Afectivos, adscritos a una zona o municipio no zonificado, cuando están compuestos por vecinos, amigos, parientes y compañeros de trabajo, que no pertenecen al mismo Recinto Electoral.
4- Los responsables de los Comités de Base son los Secretarios Generales, quienes registrarán a sus miembros y los reportarán al Secretario de Organización Zonal, o municipal en las municipalidades no zonificadas; quien les atribuirá el número que le corresponda en la organización, el cual consistirá en la numeración del municipio y/o zona de que se trate, más la numeración del Recinto, más el número del orden en que fueron aprobados; de acuerdo a las pautas que establezca la Secretaría General de Organización. También será responsable de que se conozcan y realicen en su seno los programas de trabajo de las Secretarías Nacionales y de otras tareas de activismo de la militancia y asistencia social en su Zona o municipalidad no zonificada.
5- Los Comités de Base de Recintos Electorales y los Comités de Base Afectivos de la Zona o municipalidad no zonificada elegirán a los miembros directivos de los Comités Zonales o los de municipios y distritos municipales no zonificados, de acuerdo a las normas establecidas por los Estatutos del Partido, la Comisión Política y la Secretaría Nacional de Organización.
6- Tanto los Comités de Base de Recintos como los Afectivos, pertenecerán a una sola Zona o municipalidad no zonificada, pero los Afectivos elegirán a los directivos zonales o municipales sólo sí al menos 5 de sus miembros corresponden a un Recinto Electoral del territorio y se reúnen regularme en éste. El Secretario General del Comité de Base deberá poner a todos los militantes en contacto con la Zona o municipalidad no zonificada y con el Comando de Recinto que les corresponda.
7- Las zonas del Partido al igual que los municipios y distritos municipales, tendrán un territorio fijo y representarán a éste en las actividades políticas dentro del mismo. Sin embargo, la Comisión Política puede autorizar la creación de Zonas Especiales para captar militancias en territorios vecinos poco afines con la dirección zonal principal.
8- También funcionarán los Comandos de Recintos Electorales, que se adaptarán a la organización de la JCE para cada municipio. Estarán constituidos por compañeros inscritos en éstos con la aptitud técnica, la probidad y la disciplina que requieren dichas funciones, los que serán designados con la participación conjunta de la dirección municipal del Partido y los representantes de la Secretaria Nacional Electoral; que deberán contar con la supervisión y adiestramiento de esta última dependencia, tendrá a su cargo la representación del Partido para defender el voto antes, durante y después de los comicios.
9- Los recintos electorales con muchos Colegios pueden subdividirse en dos o más Recintos Colindantes y los Colegios dispersos agruparse en uno o más Comandos de Recintos Dispersos.
10- Existirán además los Comandos de Colegios Electorales, designados conjuntamente por la Secretaria Nacional Electoral, el Comando Electoral del Recinto correspondiente y él o los candidatos principales de la elección de que se trate, bajo la supervisión de la Comisión Conjunta; pero actuaran bajo el entrenamiento y supervisión de la primera. Tendrán las mismas características de los Comandos de Recintos electorales.
11- De los Comandos de Recintos y de Colegios Electorales saldrán los Delegados y Suplentes; así como los supervisores y fiscales para las elecciones generales. La Secretaría Nacional Electoral llevará un registro de las actuaciones pasadas de éstos, a fin de determinar su idoneidad para representar al Partido en futuros eventos comiciales.
12- Los directores de los equipos de Organización, Electoral, Educación y Doctrina y Comunicación, de las zonas, municipios y provincias, serán designados conjuntamente por los representantes de estas Secretarias Nacionales y la dirección del Comité de que se trata, atendiendo a su idoneidad, pero serán adiestrados y supervisados por la Secretaria Nacional correspondiente, de acuerdo al programa de trabajo de éstas. De esa manera, el Partido estará organizado permanentemente en todo el país a través de esas cuatro Secretarías Nacionales, para lo cual deberán dotarse de un presupuesto anual que les permita su funcionamiento efectivo.
13- En otro Congreso o Convención ordinaria habrá que reducir las proporciones del CEN, la Comisión Política y el Presidium, asignándole a éste último funciones propias específicas, para evitar caer en el asambleísmo infuncional.
14- Al término del período para el cual fueron electos, todos los Secretarios y Secretarias Nacionales serán elegidos cada dos años por el Comité Ejecutivo Nacional, o en su defecto por su Comisión Política, a fin de garantizar el constante desarrollo y la estabilidad del Partido en los órdenes político y técnico, procurando preservar la carrera de sus equipos de trabajo. Lo mismo deberá hacerse con los equipos de los comités de nivel inferior.
15- La elección de los Vicepresidentes y Subsecretarios Generales del Partido deberá ser por cada una de las regiones del país, cuyo número será de acuerdo a su población electoral; a ser electos por el voto universal de los militantes del Partido de dichas regiones; en lugar de como hasta ahora, que termina siendo producto de acuerdos y activismo poco transparentes.
16- Para la conducción cotidiana del Partido la Comisión Política elegirá un Comité de Estrategia, dependiente de ésta compuesto por no más de 25 de sus miembros, del cual formarán parte el Presidente, quien lo encabezará, el Secretario General, los Secretarios Nacionales de Organización, Electoral, de Educación y Doctrina y de Comunicaciones, los presidentes de FEDOMUSDE y la JRD, por su importancia numérica y estratégica; así como los presidentes de los Comités municipales, del Distrito Nacional, Santo Domingo Este, Santiago y San Cristóbal, en razón de que representan más del 50% de la población dominicana. Asimismo formarán parte de dicho Comité representantes de las distintas corrientes que actúan dentro del Partido que hayan participado en elecciones generales internas en proporción a sus efectivos, a partir de uno de cada 5% de los votos obtenidos o fracciones mayores de la mitad de éste. Los Presidentes de Regiones Nacionales que tengan casos pendientes en la agenda a conocer, serán invitados a participar en dicho Comité. Las decisiones de éste serán conocidas por la Comisión Política en su sesión más próxima, la que podrá validarlas o rechazarlas. |